El complemento de maternidad/paternidad es aquel complemento que entró en vigor en Enero de 2016 y que incrementó en un principio las pensiones de pensión, incapacidad y viudedad "ÚNICAMENTE" de todas las mujeres por su aportación demográfica a la seguridad social (hubieran tenido 2 o más hijos) que cumplieran una serie de requisitos según el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, pero sólo fue Fue en Diciembre de 2019 cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideró discriminatorio por razón de sexo que dicho complemento favoreciera únicamente a las mujeres dejando a un lado el derecho a recibirlo por parte de los hombres. A raíz de esta sentencia y posteriores del Tribunal Supremo se reconoce finalmente EL DERECHO A TODO HOMBRE A RECLAMARLO. Además, en 2021 fruto de la controversia con la Unión Europea, nace el complemento para la reducción de la brecha de género aprobado por Real Decreto-Ley 3/2021 el cual es de aplicación tanto a hombres como mujeres. Así, todo hombre que cobre una pensión contributiva ya sea por pensión ordinaria, incapacidad permanente o viudedad, tenga dos o más hijos y se haya jubilado entre 2016 y 2021 podrá solicitar este complemento y podrá ver incrementada su pensión en 5%, 10% o 15 %, podrá recuperar y cobrar todos los atrasos desde que se reconoció la pensión, así como el derecho a obtener una posible indemnización por daños y perjuicios.